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13-Nov-2006, 15:27
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#1
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Roar Roar...ROOOOAAARR!!
Registrado: August-2004
Posts: 2.687
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¿Como saber si un notebook tiene orden de embargo?
o requisicion o como sea la webada
es q tengo un amigo q quiere vender su notebook, pero se lo dieron en parte de pago por una plata q le debian, pero como no cachaba esto de las ordenes de busqueda de notebooks robados, lo acepto sin saber el origen de la maquina
ayuda plis
__________________
Dell Vostro 1500 Intel Centrino Duo - Core 2 Duo T7250 - 4gb SimpleTech ddr2-667 - Nvidia GeForce 8600m GT - 120gb Hitachi 5400rpm
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Originalmente publicado por s0wk
...diferente es con los weas de chw que se compran el medio proce solo para correr super pi y decir que su pc es pulento porque saca chorrosientos puntos en una wea que no sirve para nada idem con tarjetas de video
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Editado por Dark Zeppelin en 13-Nov-2006 a las 15:42.
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13-Nov-2006, 15:41
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#2
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Versión Omega
Registrado: May-2006
Location: Lejos de Bilbao, cerca de Barcelona
Posts: 4.495
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Hola aquí hay que diferenciar, una cosa es el embargo que es propio de los procedimientos ejecutivos para obtener el pago de una deuda morosa, y por otro lado si este portatil esta encargado por robo o hurto. En cuanto a lo primero no hay registro publico alguno, y por eso una cosa puede estar embargada varias veces, lo bueno viene en el remate. Eso es una historia larga.
En cuanto a lo otro Investigaciones y el Ministerio publico llevan un registro de los portatiles encargados por robo, y hay una pagina pero no me acuerdo.
Voy a consultar y voy a ver si en la noche te dejo el dato exacto.
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14-Nov-2006, 00:56
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#3
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Ex Warezmen
Registrado: May-2005
Location: /root/Desktop
Posts: 4.289
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14-Nov-2006, 03:33
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#4
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Pajarito Nuevo
Registrado: August-2006
Posts: 32
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seria buen dato que publicaran la pagina
a un amigo le robaron el ibook
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14-Nov-2006, 08:45
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#5
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Versión Omega
Registrado: May-2006
Location: Lejos de Bilbao, cerca de Barcelona
Posts: 4.495
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Por la Web dos datos claves www.cosasrobadas.cl y www.investigaciones.cl
En el caso de investigaciones interviene la biro, no cibercrimen, vale la explicación.
Cosasrobadas es un portal que depende de todos, igual chicos saquen fotos de su notebook y cosas más valiosas y súbanla a algun sitio o guárdenla en varias partes, y que las fotos sean detallistas, además conviene que los marquen con un grabado uno patente y uno piola, la otra manejar los números de serie, y guarden las facturas y boletas.
Igual nunca esta de más leer aqui.
http://www.investigaciones.cl/pagina.../bg-bricib.htm
No tiene relación directa pero igual nunca esta de más leer.
Editado por Dark Zeppelin en 14-Nov-2006 a las 08:47.
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14-Nov-2006, 09:12
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#6
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Usuario
Registrado: June-2006
Posts: 481
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me llega a doler la guata cuando leo la palabra robo... muy buena las paginas dark
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21-Nov-2006, 13:46
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#7
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Nicole_cilla's Owner
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 3.870
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A ver, a ver, con calma, miren que las respuesas dadas a tontas y a locas terminan por confundir más. De partida, el embargo no sólo se da en los juicios ejecutivos, sino que también es una medida cautelar real en los procesos penales y en los civiles ordinarios como medida precautoria de retención de bienes ( también en los procedimiento de Familia). POr otro lado se suele confundir el "embargo", con la prohibición de celebrar actos o contratos sobre un determinado bien
( si bien pr costumbre se le denomina embargo, no es lo mismo..).
Ahora respecto a si está con embargo, sólo hay un registro de bienes inmuebles y de muebles que requieren inscripción ( conservador de bienes raíces y registro civil respectivamente), tú puedes saber si pesa una orden de embargo sobre tus bienes viendo en la página del poder judicial, en el estado de causas buscando por tu nombre.
Allí te aparecerá si es que en materia civil, laboral o penal, tienes cautelares pendientes.
EN verdad, en la práctica, da lo mismo que lo venda ( en materia civil nadie pide cautelar sobre un notebook, porque si lo venden, deben probar q se vendió después de trabada la cautelar, lo que es imposible, ya que la compraventa de bienes muebles es CONSENSUAL, basta el solo acuerdo de las partes) , a pesar que esté en el registro de investigaciones o del ministerio público. Simplemente porque la venta de cosa ajena es válida en CHile, y porque si están en esos registros es porque son objeto de una denuncia, o una investigación, nada más. No son especies litigiosas, denuncia no quiere decir juicio... por lo tanto su venta no está prohibida. Por lo demás aceptó tu amigo el notebook de buena fe, con lo que todo es válido y conforme a derecho.
Editado por sebastian.bilbao en 21-Nov-2006 a las 13:48.
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21-Nov-2006, 14:56
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#8
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Versión Omega
Registrado: May-2006
Location: Lejos de Bilbao, cerca de Barcelona
Posts: 4.495
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Quote:
Originalmente publicado por sebastian.bilbao
A ver, a ver, con calma, miren que las respuesas dadas a tontas y a locas terminan por confundir más. De partida, el embargo no sólo se da en los juicios ejecutivos, sino que también es una medida cautelar real en los procesos penales y en los civiles ordinarios como medida precautoria de retención de bienes ( también en los procedimiento de Familia). POr otro lado se suele confundir el "embargo", con la prohibición de celebrar actos o contratos sobre un determinado bien
( si bien pr costumbre se le denomina embargo, no es lo mismo..).
Ahora respecto a si está con embargo, sólo hay un registro de bienes inmuebles y de muebles que requieren inscripción ( conservador de bienes raíces y registro civil respectivamente), tú puedes saber si pesa una orden de embargo sobre tus bienes viendo en la página del poder judicial, en el estado de causas buscando por tu nombre.
Allí te aparecerá si es que en materia civil, laboral o penal, tienes cautelares pendientes.
EN verdad, en la práctica, da lo mismo que lo venda ( en materia civil nadie pide cautelar sobre un notebook, porque si lo venden, deben probar q se vendió después de trabada la cautelar, lo que es imposible, ya que la compraventa de bienes muebles es CONSENSUAL, basta el solo acuerdo de las partes) , a pesar que esté en el registro de investigaciones o del ministerio público. Simplemente porque la venta de cosa ajena es válida en CHile, y porque si están en esos registros es porque son objeto de una denuncia, o una investigación, nada más. No son especies litigiosas, denuncia no quiere decir juicio... por lo tanto su venta no está prohibida. Por lo demás aceptó tu amigo el notebook de buena fe, con lo que todo es válido y conforme a derecho.
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Hola Bienvenido
Perdona, pero yo en terminos muy simples y claros explique las diferencias, entre embargo y el encargo de busqueda de una cosa robada o hurtada. Este es un foro tecnico no de derecho, si hay que explicar algo hay que hacerlo en terminos breves y sencillos, no por un tratado vas a demostrar que sabes más, y tampoco ofendiendo los otros aportes, todos cometemos errores, somos falibles, y ten presente siempre que la buena onda y la camadería son ley en CHW.
Saludos
http://www.chilehardware.com/nosotros_reglamento.html
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21-Nov-2006, 15:05
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#9
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Experto
Registrado: May-2006
Location: En Copiarock!
Posts: 4.049
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Quote:
Originalmente publicado por gigio
o requisicion o como sea la webada
es q tengo un amigo q quiere vender su notebook, pero se lo dieron en parte de pago por una plata q le debian, pero como no cachaba esto de las ordenes de busqueda de notebooks robados, lo acepto sin saber el origen de la maquina
ayuda plis
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si es por embargo es facil, si no haz pagado tus cuentas te lo van embargar
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21-Nov-2006, 15:11
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#10
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Versión Omega
Registrado: May-2006
Location: Lejos de Bilbao, cerca de Barcelona
Posts: 4.495
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21-Nov-2006, 21:30
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#11
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Nicole_cilla's Owner
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 3.870
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Quote:
Originalmente publicado por Dark Zeppelin

Hola Bienvenido
Perdona, pero yo en terminos muy simples y claros explique las diferencias, entre embargo y el encargo de busqueda de una cosa robada o hurtada. Este es un foro tecnico no de derecho, si hay que explicar algo hay que hacerlo en terminos breves y sencillos, no por un tratado vas a demostrar que sabes más, y tampoco ofendiendo los otros aportes, todos cometemos errores, somos falibles, y ten presente siempre que la buena onda y la camadería son ley en CHW.
Saludos
http://www.chilehardware.com/nosotros_reglamento.html
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Entiendo que sea un foro técnico y no de derecho ( lo que es lógico), pero cuando uno da una ayuda, tiene que ser completa, sobretodo cuando se trata de una persona que no tiene más que el conocimiento del común de los mortales. Ahora bien, en ningún momento te quise faltar el respeto, sólo fue mi intención complementar tu post en algunos puntos que se podían prestar a duda, sin embargo, tú si me faltas el respeto a mi, al decirme que quiero demostrar que se más( lo que sería un disparatede mi parte el querer demostrar algo semejante, además que no tengo por qué hacerlo, si me metí a este thread sólo para ayudar). Simplemente estoy haciendo una precisión. UNa persona que lee un post demasiado breve y demasiado sencillo, puede quedar imbuida en un error, creyendo en una realidad completamente fuera de lugar. ( cualquier mortal al haber leido aquel post puede llegar a pensar que el embargo sólo se da por deudas o que si no pagas te embargan,o que no hay ningún registro, etc,pero que fuera de esos casos no pasa nada, quedando a merced de inescrupulosos que lo único que quieren es infundir miedo , sobretodo en el caso de las empresas de cobranza)
UNo peude explicar las cosas de manera sencilla, no técnica, pero a la vez completa y didáctica
Por otro lado en mi post en ningún momento se dejó ver mala onda, al contrario, simplemente acoté ciertos puntos prácticos, que para una persona que está asustada como lo debe estar el que se encontraba en esa situación, debe saberlo para tener mayor tranquilidad.
Por otro lado jamás entré en la discusión técnica entre cosa hurtada ni robada. ni ninguna otra digna de un "tratado" como dices tú
La idea principal de mi post simplemente fue decir que
1. si la cosa está encargada por robo o hurto en los registros de investigaiones o del MP, es irrelevante por los motivos que allí di.
2 Que si sobre la cosa pesa orden de embargo o una prohibición de celebrar actos o contratos sobre la cosa, se puede saber de maneras bien simples, que también expliqué y que SI hay registros en algunos casos, pero que son bienes de mayor importancia económica que un notebook.
3 Eso no es técnico para nada. lo más técnico que dije fue lo de la compraventa de cosa ajena y de que la compraventa es consensual ( lo cual también lo expliqué en términos abiertos y sencillos)
Finalmente quiero decirte, que el que debe hacer un juicio de valor del post, si fue sencillo o técnico, si lo entendió o no, es quién solicitó ayuda.
Esto te lo digo simplemente, porque en la práctica se ve que las personas que resultan más agradecidas y que aprenden más con los consejos de uno, son aquellas a las que se les explica completamente el asunto. No hay que pensar que porque no tienen conocimientos técnicos de derecho o de otras materias, hay que explicarles incompletamente o mal ( que no es este el caso), ya que son personas inteligentes y capaces de entender.
Eso... saludos y cualquier duda o consulta... tamos pa servir
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21-Nov-2006, 22:24
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#12
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Versión Omega
Registrado: May-2006
Location: Lejos de Bilbao, cerca de Barcelona
Posts: 4.495
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Creo que si fueras mas breve y conciso, sería mucho mejor.
Bueno camaradas de CHW el abogado Sebastian Bilbao se ofrece para prestar asesoría juridica gratuíta a los miembros de CHW, tal como Gigante y Ud.
Son bromas Seba.
Se agradece el aporte pero esto más pertenece a off topic.
Saludos.
Editado por Dark Zeppelin en 21-Nov-2006 a las 23:05.
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21-Nov-2006, 23:09
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#13
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Ex Warezmen
Registrado: May-2005
Location: /root/Desktop
Posts: 4.289
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amigos.
yo estudio derecho , ya estoy terminando el tercer año de la maldita tortura , y en buena onda tratemos de no torturar a los demás con información mas detallada de los necesaria , lo único que te falto fue decir "y Colombo dice : (...)" y "Maturana dice: (...)" y "Mario Mosquera dice (...)" . La dura que estoy sacando la vuelta en Chw por que mañana tengo examen (hoy tuve civil) asi que por favor dejenme en paz y traten de ser lo mas sucintos posibles en lo jurídico. Al menos a mi, lejos de la escuela me aumenta el odio a la frase "hay que distinguir"
Saludos t apuesto a un 55 pa mañana (es un optativo de internacional xD)
Ps: Donde estudian o estudiaron ustedes , en una de esas hasta somos compañeros en la U 
Ps2: Se agradece el aporte, es solo un poco de jugo leguleque, mezclado con muuucho stress... como www.bolsadegato.cl
... 3 negras... wuajajjaa (talla jurídica para decir que te sacaste un 1 en una prueba oral)
PD:Los actos juridicos pueden ser segun como se prefccionan:
Consensuales: significa que se perfecciona con el solo consentimiento de las partes
Reales: Se perfeccionan con la entrega de la cosa (matrimonio  )
Solemnes: Se perfeccioan con el cumplimiento de ciertas solemnidades
Perfecciona: Que nace a la vida del derecho, con todos sus efectos
Consentimiento: Concurso de voluntades encaminadas hacia un fin comun (debe estar libre de vicios , error fuerza o dolo)
Dolo: Intención positiva de infringir daño a otro o a su patrimonio...
Ahora el delito que se me viene a la cabeza es el de receptacion. (por lo poco que me acuerdo) requiere que el comprador obre de mala fe, osea que el tipo compre sabiendo que el bien es de dudosa procedencia (choriado)
Que sebastian te conteste el resto por que penal no es precisamente mi fuerte (debe ser pro que me hace clases el gran guru don Mario G(a)burrido Montt, con el cual recien curso Penal II
a mi me hizo historia bernardino bravo... y a el "
dicen que tambien le gustan los lolitos..
Editado por Dark Zeppelin en 22-Nov-2006 a las 21:38.
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22-Nov-2006, 14:05
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#14
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OverLord
Registrado: September-2004
Posts: 19.377
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Anota el número de serie ( debajo del notebook ) y llama al fabricante o representante en Chile.
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"El amor a la libertad es amor a los demás, el amor al poder es amor a nosotros mismos" William Hazlitt
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22-Nov-2006, 15:16
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#15
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Versión Omega
Registrado: May-2006
Location: Lejos de Bilbao, cerca de Barcelona
Posts: 4.495
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Quote:
Originalmente publicado por warezmen
amigos.
yo estudio derecho , ya estoy terminando el tercer año de la maldita tortura , y en buena onda tratemos de no torturar a los demás con información mas detallada de los necesaria , lo único que te falto fue decir "y Colombo dice : (...)" y "Maturana dice: (...)" y "Mario Mosquera dice (...)" . La dura que estoy sacando la vuelta en Chw por que mañana tengo examen (hoy tuve civil) asi que por favor dejenme en paz y traten de ser lo mas sucintos posibles en lo jurídico. Al menos a mi, lejos de la escuela me aumenta el odio a la frase "hay que distinguir"
Saludos t apuesto a un 55 pa mañana (es un optativo de internacional xD)
Ps: Donde estudian o estudiaron ustedes , en una de esas hasta somos compañeros en la U 
Ps2: Se agradece el aporte, es solo un poco de jugo leguleque, mezclado con muuucho stress... como www.bolsadegato.cl
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Interesante manifestación de conocimiento don Warezman.
Veo que el legislador lo ha iluminado.
Que el legislador siga iluminando vuestro camino y te lleve por la senda correcta de comprensión del Derecho.
Es decir suerte.
Editado por Dark Zeppelin en 22-Nov-2006 a las 21:41.
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22-Nov-2006, 15:20
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#16
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yo yo yo y yo.... y yo tb
Registrado: September-2005
Location: Rascagua
Posts: 2.360
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Quote:
Originalmente publicado por Dark Zeppelin
Que el legislador ilumine tu camino y te lleve por la senda correcta de comprensión del Derecho.
Es decir suerte.
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jajajajajajajajaja
mori con eso
jajajajajaja
taba leyendo seriamente el post pero con eso me mataste wn jajajaja

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23-Nov-2006, 19:03
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#17
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Ex Warezmen
Registrado: May-2005
Location: /root/Desktop
Posts: 4.289
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a todo esto que numeros es recomendable tener para poder identifcar el notebook en caso que me lo roben... el service tag , la serie y la mac??? si es asi de donde puedo sacar la mac del wi-fi y de la tarjeta de red???
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23-Nov-2006, 19:18
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#18
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OverLord
Registrado: September-2004
Posts: 19.377
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El número de serie es el más important, eso es un número unico de fabrica que identifica a tu notebook.
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"El amor a la libertad es amor a los demás, el amor al poder es amor a nosotros mismos" William Hazlitt
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23-Nov-2006, 21:12
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#19
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Versión Omega
Registrado: May-2006
Location: Lejos de Bilbao, cerca de Barcelona
Posts: 4.495
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Quote:
Originalmente publicado por warezmen
a todo esto que numeros es recomendable tener para poder identifcar el notebook en caso que me lo roben... el service tag , la serie y la mac??? si es asi de donde puedo sacar la mac del wi-fi y de la tarjeta de red???
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Quote:
Originalmente publicado por Marcel
El número de serie es el más important, eso es un número unico de fabrica que identifica a tu notebook.
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En el caso de los dell es el service tag, es mas en caso de robo te recomiendan llmar para el bloqueo, es más pueden detectar donde esta el notebook si el poseedor se conecta a bajar actualizaciones, etc.
El numero de mac ID de la wireless y red que va en la placa madre de los dell igual sirve, este lo puedes ver entrando en la consola de win es decir ms-dos, y escribe seguida de la linea de comandos tal cual "ipconfig/all"
Ahi te aparecera toda la info y numeros mac id
Saludos.
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