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Ver resultados: Haz tenido problemas para ahcer efectiva una garantía?
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15-Dec-2006, 02:06
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#41
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casi casi casi Abogado
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 4.070
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si, por eso toy cerca del PC, en mis ratos libres vengo...
hasta el momento he pasado todo 
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1º, eres empleado público o profesor? ( se aplican reglas especiales)
si no es así
SI, es legal q te haga tomarlos continuos, pero no es legal q te obligue a tomar las vacaciones
primero te doylos argumentos legales.
Art. 70 del Código del Trabajo dispone que el feriado debe ser continuo, sin perjuicio de lo q las partes pacten.
SIn perjuicio de esto, el Feriado anual, es un derecho establecido por el legislador en tu favor.
Te sugiero q revises tu contrato de trabajo. Si en él dice si tienes derecho a fraccionarlo o no. Si no lo tienes en tu poder, tu empleador está obligado a tener una copia en el lugar de trabajo.
Otra cosa que yo vería es si tienes feriados anuales acumulados y cuantos. De haber más de 2 años, lo mejor sería q los tomaras pk los puedes perder...
En resumen, REVISA TU CONTRATO, si no, trata de llegar a un acuerdo con tu JEFE, y si no, tómate las vacaciones ahora, o después cdo tu hijo te necesite.
Saludos
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TODOS los derechos son irrenunciables anticipadamente.
Es decir, no puedes renunciar a los derechos como garantía, a demandar, antes q ocurra aquel hecho q te haría ejercerlos.
fundamento legal: <o:p> </o:p>
Artículo 4º.- Los derechos establecidos por la presente <o:p></o:p>
ley son irrenunciables anticipadamente por los consumidores.
TODOS, insisto...
El fundamento, es q se busca proteger el orden Público Económico.
Los contratos celebrados en el marco de esta ley son contratos por adhesión
, en los cuales el poder de negociar es sólo de la parte más fuerte ( proveedor).
El consumidor, no tiene derecho a negociar las condiciones del cnotrato, entonces, para así
protegerlos, el legislador ha establecido q todos los derechos sean irrenunciables anticipadamente.
Pero te preguntarás, qué ocurre después....
DEspués tu puedes renunciar a todos los derechos q estén únicamente establecidos en tu favor.
podrías renunciar a demandar, a ejercer la garantía, etc..
pero con un límite... los derechos q además estén establecidos en la constitución.
por ejemplo los establecidos para proteger la salud como lo son los relacionados a la seguridad en el consumo ( productos peligrosos), etc..
Si quieres saber cuales son los derechos fundamentales garantizados por la constitución, lee el ARt. 19 de ésta.<o:p></o:p>
Editado por sebastian.bilbao en 15-Dec-2006 a las 02:30.
Razón: Post unidos
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15-Dec-2006, 07:27
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#42
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Pajarito Nuevo
Registrado: December-2006
Posts: 72
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Tengo una duda, lo que sucede es que compre una placa madre el 28/10/06 y me di cuenta que no es precisamente lo que necesito osea que hay otras mejores entonces quero ver si la puedo cambiar por una mejor y pagar la diferencia, a todo esto la placa madre esta nueva no la he usado ni nada esta tal como la compre, ademas que vivo fuera de santiago, me pondrian problema en esto? la tienda es Wei porsiaca.
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15-Dec-2006, 07:37
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#43
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Maestro Chasquilla
Administrador
Registrado: October-2005
Location: Santiago, Chile
Posts: 10.896
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pido post-it 
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15-Dec-2006, 12:39
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#44
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casi casi casi Abogado
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 4.070
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1º q todo, la culpa de no haber elegido bien, es tuya o es pk la publicidad decía q traía algo q no tenía?, o pk te dieron información equivocada?.
En el primero caso, lo mejor es q vayas en buena, y les digas q la quieres cambiar.(Todavía debe estar dentro del periodo de garantía).
Si cometiste un error por la publicidad, o pk ellos te informaron mal, tienes derecho al cambio.
esto está en el art. 20:
.- En los casos que a continuación se <o:p></o:p></pre>
señalan, sin perjuicio de la indemnización por los daños <o:p></o:p></pre>
ocasionados, el consumidor podrá optar entre la reparación <o:p></o:p></pre>
gratuita del bien o, previa restitución, su reposición o la <o:p></o:p></pre>
devolución de la cantidad pagada:<o:p></o:p></pre>
d) Cuando el proveedor y consumidor hubieren convenido <o:p></o:p></pre>
que los productos objeto del contrato deban reunir <o:p></o:p></pre>
determinadas especificaciones y esto no ocurra;<o:p></o:p></pre>
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15-Dec-2006, 13:16
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#45
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Pajarito Nuevo
Registrado: December-2006
Posts: 72
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El error fue mio bueno  , pero bueno ya se para la proxima, muchas gracias sebastian.
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15-Dec-2006, 13:18
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#46
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casi casi casi Abogado
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 4.070
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no hay de q...
a todo esto, no solo pregunten garantías, sino q respecto a los tratos, medidas de seguridad de las tiendas..
si es q les robaron algo dentro.. o los acusaron de hurto; si quieren demandar; si se sienten agraviados por publicidad engañosa, etc etc etc
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16-Dec-2006, 21:38
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#47
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casi casi casi Abogado
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 4.070
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dado q en otros thread y post se me ha dicho q soy muy técnico, trataré de no serlo, a menos q me pidan los argumentos..
Acá simplemente les informaré de sus derechos, si tienen dudas, las hacen no más
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18-Dec-2006, 02:49
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#48
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Miembro Erecto
Registrado: March-2006
Location: Las Condes
Posts: 858
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Bueno...
Hola tinterillo sebastian, mi duda es la sgte.:
Tengo un Toshiba L35 y le siento unos ruiditos raros y me gustaria q le echaran una mirada por garantia. Bueno el cuento es q nunca recibi una boleta como tal por parte de Falabella, solo una especie de "guia de despacho" (compra por internet). Dicha guia me duro la emocion de sacar de la caja el note pq de ahi no la vi mas.
Como recallampas hago ahora para cobrar la garantia? Yo me imagino q existe algun registro de la compra (se compro con tarjeta) y q sirva para para la garantia... Q sabes al respecto?
De antemano gracias.

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18-Dec-2006, 10:49
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#49
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casi casi casi Abogado
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 4.070
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uff, ta dificil, porque normalmente se exige la boleta o cualquier documento q pruebe la compra....
hace cuanto lo compraste?... yo en tu lugar iría a Falabella y solicitaría una copia de la boleta u orden de despacho ( nada pierdes). Les dices simplemente q no te llegó. Además ellos tienen la obligación de emitir boleta o factura.
Si te va mal, yo me iría por la garantía directa del fabricante de tu notebook. ellos a veces no piden la boleta. Incluso puede q te pidan sólo el número, el cual puedes preguntar en falabella. Más que la reparación lo que conviene es pedir el cambio completo. Las reparaciones nunca quedan muy buenas.
si te va mal y aún así te piden la boleta, yo iría de nuevo a falabella y hablaría, en buena, pero aludiendo a Impuestos Internos.
No hables directamente con el que te vendío pk ellos no cachan una, pregunta donde está gerencia o depto comercial.....
mucha suerte, espero que haya sido lo suficientemente claro y conciso...
Cualquier duda, hazla
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18-Dec-2006, 11:13
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#50
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Pajarito Nuevo
Registrado: October-2005
Posts: 20
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hola, me compre una moto scooter honda,la realidad que salio como el pico, a los 300 kms fallo suspension delantera y se le caen los espejos
asimismo ahora los frenos pastillas chillan, segun la poliza no estan incuidas en garantia y cambiarlas en honda sale 41 lucas
puedo pedir el cambio gratis? que pasa si vuelve a fallar la telescopica
de mas esta decir que el servicio es como la moto, o sea como el pico, hay un encargado que atiende excelente, pero ya me agarre con un weon del concesionario que segun el yo debia sacar hora para la garantia
la ley que dice??
gracias
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18-Dec-2006, 11:23
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#51
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casi casi casi Abogado
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 4.070
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muy bien estás al creer que puedes solicitar el cambio, porque tu compraste el TODO denominado moto, esto incluye las pastillas, suspensión, etc.
la ley en el ARt 20 inciso final así lo establece :
Para los efectos del presente artículo se considerará <o:p></o:p>
que es un solo bien aquel que se ha vendido como un todo, <o:p></o:p>
aunque esté conformado por distintas unidades, partes, <o:p></o:p>
piezas o módulos, no obstante que éstas puedan o no prestar <o:p></o:p>
una utilidad en forma independiente unas de otras. Sin <o:p></o:p>
perjuicio de ello, tratándose de su reposición, ésta se <o:p></o:p>
podrá efectuar respecto de una unidad, parte, pieza o <o:p></o:p>
módulo, siempre que sea por otra igual a la que se <o:p></o:p>
restituye.
si la póliza dice que no están incluidas, esto es inválido, es más es nulo segú la misma ley.
sumado a eso, la misma ley establece q tu no puedes hacer renuncia de tus derechos anticipadamente a que ocurra el hecho q gatilla su ejercicio, por lo q sería doblemente inválida la póliza..
En cuando a la hora para la garantía, insisto, debe ser en condiciones cómodas para el cliente y ellos no te pueden imponer problemas administrativos para limitar, impedir u obstaculizar el ejercicio de tus derechos...
Sugerencia, pide la devolución del dinero en un 100%. además puedes pedir que te indemnicen.
alguna duda, si te va mal, cualquier cosa, avisa y te diré que hacer
saludos
PD, la devolución dela plata se pide únicamente en el lugar que te la vendieron.. La reparación, o cambio se puede pedir en el lugar que te la vendieron, o al fabricante
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18-Dec-2006, 15:45
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#52
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Registrado: March-2005
Location: Mapuchelandia
Posts: 20.014
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¿No se supone que los vehículos, propiedades y casas se rigen por otras leyes?
Ahí me pierdo. 
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18-Dec-2006, 17:32
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#53
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Experimentado
Registrado: September-2006
Location: Puerto Montt
Posts: 900
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hola sebastian hace un tiempo escribi acerca de un problema que tengo con la garantia extendida de falabella
http://www.chilehardware.com/foro/ga...da-t51330.html
hoy me llamaron de stgo. desde el servicio técnico diciendome que ahora solicitan la "autorizacion" para realizar la reparacion a la garantia extendida, llamé a los sres. de la garantia y me dijeron que no van a autorizarla porque?, porque la reparacion del notebook sale 640 lucas  , resulta que ahora se dieron cuenta que hay que cambiar la bateria, etc, lo que se ve en la foto.... la cosa es q no se q hacer ahora supuestamente hubo "intervención" al laptop pero no se dieron cuenta las 2 veces anteriores q las envié, tengo que retirar el documento mañana pero no se que o mejor dicho con que respaldo(leyes) reclamar, cualquier sugerencia es bienvenida gracias de antemano

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Editado por narcosatanico en 23-Feb-2007 a las 10:56.
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18-Dec-2006, 17:48
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#54
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casi casi casi Abogado
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 4.070
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Los vehículos son bienes muebles comunes y corrientes. Su venta es una venta común y corriente ( consensual). La inscripción en el reg civil es por publicidad.
los bienes inmuebles, si bien en cuanto a su naturaleza tienen reglas distintas a los muebles, también están bajo esta ley si cumplen con algunos supuestos como que la venta sea realizada por constructora, SERVIU, Se exceptúa todo lo q diga relación con la calidad regulado por leyes especiales ( responsabilidad de los constructores, por no respetar normas técnicas, etc).
O sea, en general casi todos..
por otro lado esta ley se aplica a loactos que para una de las partes es comercial y para la otra civil.
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dejame analizarlo detenidamente porque esto requiere un buen estudio... quiero leer las condiciones de la garantía extendida tb, pk normalmente se disfrazan seguros por garantías...
en q falabella lo compraste?.
yo tuve un juicio del mismo tipo por garantía extendida, si no te responden, hay q ir al sernac. Ellos están obligados a responderte. Anda al sernac por la mediación..
Si no, juicio no más
eso sería preeliminarmente..
haciendo un análisis detallado, te puedo decir q tienes todas las de ganar. La garantía DEBE ser respetada, aunque sea extendida, sea el tipo que sea.
fundamentos legales son
Artículo 12.- Todo proveedor de bienes o servicios <o:p></o:p>
estará obligado a respetar los términos, condiciones y <o:p></o:p>
modalidades conforme a las cuales se hubiere ofrecido o <o:p></o:p>
convenido con el consumidor la entrega del bien o la <o:p></o:p>
prestación del servicio. <o:p></o:p>el ARt. 16 en cuanto a las condiciones abusivas.
Artículo 19.- El consumidor tendrá derecho a la <o:p></o:p>
reposición del producto o, en su defecto, a optar por la <o:p></o:p>
bonificación de su valor en la compra de otro o por la <o:p></o:p>
devolución del precio que haya pagado en exceso, cuando la <o:p></o:p>
cantidad o el contenido neto de un producto sea inferior al <o:p></o:p>indicado en el envase o empaque
además el ARt 21 establece q la garantía no puede ser inferior a 3 meses o el lapso superior que las partes hubieren acordado. ( aquí hay un lapso superior acordado por las partes)
Además respecto a las reglas de la garantía, no te pueden imponer condiciones incñomodas, ni problemas administrativos ( como es eso de la autorización, etc)
Además tienes derecho a ser indemnizado
Estás en todo tu derecho.
acuerdate q tienes derecho a la triple opción...
1 cambio
2 reparación
3 devolución del dinero..
Te sugiero, sinceramente, si ninguna gestión amigable resulta, demandes en el juzgado de policía local. No necesitas abogado, sunque = es bueno ir con uno o con un estudiante habilitado.
el juicio no dura mucho, como 2 a 4 meses ( COMO MUCHO)
puedes pedir 3 veces el valor de notebook como indemnización, más la opción qprefieras..
tienes 6 meses desde q te resopndieron eso para demandar...
muchos dicen q hay q ser buena onda, ir en buena, ir al sernac, tratar todo en buena, etc.. es verdad, pero tienes 6 meses para ejercer tus derechos y ellos lo saben... y van a hacer lo imposible para dilatar..
Editado por sebastian.bilbao en 18-Dec-2006 a las 18:10.
Razón: Post unidos
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18-Dec-2006, 17:52
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#55
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Experimentado
Registrado: September-2006
Location: Puerto Montt
Posts: 900
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gracias man por la ayuda voy a esperar a q llegue el laptop de vuelta y como tengo el detalle de lo que se "reparó" anteriormente y en ningún lado aparece la supuesta "intervensión" que se realizó al laptop iré de manera amigable a putearlos, jeje, no a exigir mis derechos de consumidor, lo más simpático es que lo que aparece detallado como falla nunca lo solucionaron y fue el motivo por lo que lo envié.
muchas gracias sebastian, soy Ing. en Informática si te puedo devolver la mano de alguna manera solo pregunta.
gracias man
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Editado por narcosatanico en 18-Dec-2006 a las 18:13.
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18-Dec-2006, 18:14
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#56
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casi casi casi Abogado
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 4.070
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anota mi mail
redviper12345678@hotmail.com, contactame y te respondo cualquier duda.. se q no fui muy claro pero es q voy saliendo.. en la noche si quieres lo vemos más detenidamente
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18-Dec-2006, 18:20
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#57
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Entre el cerro y el mar..
Registrado: March-2006
Posts: 558
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Hola...
Primero mis felicitaciones por esta iniciativa muy buena....
Lo otro, es una consulta...
Es que resulta que tengo un contrato de Internet con Telefonica Del Sur, y según lo que me dijeron ellos, no puedo terminar el contrato hasta que haya transcurrido un año de haber contratado sus servicios...
El tema es que me traslado de ciudad, por lo tanto no requeriré más sus servicios, pero sólo tengo 9 meses de ocupar sus servicios de Internet, no el año completo...
Mi consulta
¿Puedo poner fin de forma unilateral a este contrato aun antes del tiempo mínimo que ellos me señalan??
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18-Dec-2006, 18:23
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#58
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Maestro Chasquilla
Administrador
Registrado: October-2005
Location: Santiago, Chile
Posts: 10.896
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sips, si lees bien el contrato dice que si te cambias de ciudad y ellos no tienen cobertura para esa ciudad, no te exigen indemnización ni nada por el estilo. Simplemente se termina el contrato.
Por otro lado, si decides terminar el contrato sí o sí, perfectamente puedes ir a las oficinas de telsur y decir que perdiste la pega y que no tienes cómo pagar la cuenta y deberían terminarte el contrato sin problemas.
Saludos !!
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18-Dec-2006, 18:53
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#59
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freedom... yeah right
Registrado: April-2006
Location: La Dehesa
Posts: 927
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Hola sebastian... somos vecinos de Valpo entonces....
Felicitaciones por tu gran aporte. Sinceramente, es de lo mas notable que he visto ultimamente en CHW.
Mi pregunta es la siguiente:
En la póliza de garantía de las impresoras matriciales OKI 320 dice que NO están cubiertas por la garantía las "partes y piezas sujetas a desgaste por uso, tales como: cabezales, rodillos de goma, cintas []...".
La impresora tiene una garantía de 12 meses, pero, por lo que dice la póliza, no puedo reclamar por un cabezal que a los 3 meses falló (2 agujas pegadas).
Lo mas probablemente que en el servicio técnico me manden a la punta del cerro... ¿que les digo?
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18-Dec-2006, 19:52
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#60
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Registrado: March-2005
Location: Mapuchelandia
Posts: 20.014
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Si no estás contento con el servicio lo puedes terminar en el momento que se te de la gana y no son necesarias escusas ni nada.
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