 |
|
19-Feb-2007, 16:37
|
#41
|
|
Elo Sansano
Moderador
Registrado: September-2005
Location: Killpué/Viña
Posts: 2.666
|
Quote:
Originalmente publicado por sebastian.bilbao
jaja, no es la idea, la idea es que la tienda sea mejor poh. Y si tomé en cuenta lo que me dijiste, por eso puse que no había ido nunca a comprar y no sabía si hacían realmente lo que decían en la garantía...
Uta, ojalá que la arreglen.. oye, haces precio a los usuarios de CHW? 
|
cuando se puede hacer precio, se hace, aunque sea una luquita 
|
|
|
19-Feb-2007, 17:20
|
#42
|
|
R.P. McMurphy
Reviewer
Registrado: March-2006
Location: Dagobah
Posts: 3.921
|
Quote:
Originalmente publicado por PipOriA
cuando se puede hacer precio, se hace, aunque sea una luquita 
|
comprobado 8)
top pc rulz 
|
|
|
19-Feb-2007, 21:01
|
#43
|
|
Mercenario laboral
Registrado: September-2006
Location: -37.459999,-72.36
Posts: 2.620
|
Y refly?
estoy contactandolos porque el dved de mi note esta medio loco y la bateria no dura lo que debiera.
|
|
|
19-Feb-2007, 23:07
|
#44
|
|
Nicole_cilla's Owner
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 3.872
|
Quote:
Originalmente publicado por tokugawa
Y refly?
estoy contactandolos porque el dved de mi note esta medio loco y la bateria no dura lo que debiera.
|
se viene refly entonces.. a todo esto, taba leyendo la póliza y habla de art. 3 bis "inciso b".... jajaj no se lo habrán copiado a alguien o ese alguien a ellos? jaja 
__________________
Vean los post de la ley del consumidor en el foro de Tiendas..
|
|
|
19-Feb-2007, 23:49
|
#45
|
|
Mercenario laboral
Registrado: September-2006
Location: -37.459999,-72.36
Posts: 2.620
|
Quote:
Originalmente publicado por sebastian.bilbao
se viene refly entonces.. a todo esto, taba leyendo la póliza y habla de art. 3 bis "inciso b".... jajaj no se lo habrán copiado a alguien o ese alguien a ellos? jaja 
|
Lo malo es que soy de region y el formulario de contacto para servicio tecnico esta como el lolly da error.
tuve que escribirle un mail a una mina de ahy, haber si se digna a responderme porque hace mucho que no les compro, en pcfactory me tratan con mas cari;o porque les compro mas seguido
|
|
|
20-Feb-2007, 20:27
|
#46
|
|
Unknown_Team Member
Reviewer
Registrado: September-2006
Posts: 5.152
|
Quote:
Originalmente publicado por PipOriA
cuando se puede hacer precio, se hace, aunque sea una luquita 
|
soi fiel testigo de eso.... 
__________________
Deals with the Devil, theres no second best
It's in my nature to say fuck the rest
Ever thought the world was crashing down?
Man the people were talking all around
|
|
|
25-Feb-2007, 13:05
|
#47
|
|
YO...XD
Registrado: February-2006
Location: Santiago.. only for work...
Posts: 1.408
|
Quote:
Originalmente publicado por Darknesshell
Podrías tocar el tema de "voluntad de las partes" que muchas veces es definitorio en este tema.
Y si alguien la tiene, que se ponga acá las condiciones de garantías de Tecnostore. El otro día las vi en la pared del local de Tco. Realmente una burla a la ley.
|
Yo tb las leí aká en viña.... realmente son pa'l chiste... ade+ de que mande una carta al sernac..XD y ni revisaron la wea me respondieron algo parecido pero no por lo que yo les decía que revisaran la póliza que entrga tecnostore.
__________________
Too Stupid to Understand Science? Try Religion.
|
|
|
25-Feb-2007, 14:58
|
#48
|
|
Nicole_cilla's Owner
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 3.872
|
Quote:
Originalmente publicado por Gatts
Yo tb las leí aká en viña.... realmente son pa'l chiste... ade+ de que mande una carta al sernac..XD y ni revisaron la wea me respondieron algo parecido pero no por lo que yo les decía que revisaran la póliza que entrga tecnostore.
|
El tema de la voluntad de las partes es el siguiente:
EL contrato de compraventa de bienes muebles es consensual, es decir, basta la voluntad de las partes para que el contrato nazca ( no es necesario q sea por escrito ni nada por el estilo).
Hasta ahí todo bien... SIn embargo, las relaciones regidas por la ley del consumidor, tienen un límite. La ley en esta materia prima por sobre la voluntad de las partes.
POr ejemplo. SI la póliza dice A, y la ley dice B, entonces es B.
SI la póliza dice A y la ley o dice A, o dice, a,b,c,d; o no dice nada, entonces puede ser A.
EN términos jurídicos, estas normas son indisponibles, o sea, las partes no pueden disponer otra cosa. ( salvo 1 excepción que es el derecho del consumidor a renunciar a ésto al momento de ejercer su derecho)
Las razones de ésto son muchas.
1. estamos ante un contrato por adhesión, donde no hay negociación, es más hay un desequilibrio en el poder negociador, ya que las condiciones están previamente redactadas por la parte más fuerte. Por ende la parte más fuerte puede estipular lo que se le plazca. Además muchas veces hay un factor de NECEDIDAD por parte del consumidor, que aunque no quiera y no esté de acuerdo, hacen que igual deba contratar.
2. Este es un sector importantísimo de la economía, es más, mueve la economía nacional, por lo que la ley busca establecer límites.
3. protección del más débil en el ámbito económico.
4. Además actúa como modelador del sistema económico imperante. COnfirma que no estamos ante una economía liberal, ni neoliberal ni de mercado, sino que ante una economía social de mercado.
Por eso, en esta materia en jerarquía de importancia tenemos.
1. La ley ( en términos genéricos)
2. La voluntad de las partes.
En otras materias, como la civil la cosa es al revés ( por regla general), primero hay que estar a lo que dicen las partes y después, si las partes nada han dicho, recien, se aplica la ley.
__________________
Vean los post de la ley del consumidor en el foro de Tiendas..
Editado por sebastian.bilbao en 25-Feb-2007 a las 15:01.
|
|
|
28-Feb-2007, 17:02
|
#49
|
|
OverLord
Registrado: September-2004
Posts: 19.382
|
Quote:
Originalmente publicado por sebastian.bilbao
ARt 3. Transporte elegido por el cliente.. parece todo dentro de la legalidad.. Dice q será responsabilidad del cliente el traslado y lo que ocurra en éste.
|
Como aporte, de acuerdo al Sernac es responsabilidad de la tienda, no del cliente. No se si después lo aclaras, pero por si las moscas, adjunto respuesta del Sernac:
Quote:
|
Respecto de la llegada del producto al consumidor, cuando se pacte a distancia, el proveedor deberá desplegar los medios idóneos para que la mercadería llegue a destino, debiendo por regla general responder de su demora o extravío ya que es el consumidor quien, junto con el precio de venta, está pagando además por el envío. En caso de extravío, el proveedor deberá reenviar otro producto nuevo e igual al consumidor, debiendo exigir el resarcimiento respectivo de los daños y perjuicios a la línea de transporte comisionada para ese efecto. Lo anterior tiene que ver con el hecho que no es posible cargar al consumidor, además de los precios señalados, con el costo que implica, en términos de tiempo y dinero, averiguar el destino del producto ahora de su propiedad.
|
Esto lo averigue cuando una tienda, vendió a distancia, luego las cosas se perdieron en Turbus y de acuerdo a la tienda, era el cliente quien tenía que entendérselas con Turbus exigiendo a ellos el pago.
Queda por destacar además que si se envía es por que es venta a distancia y por tanto el cliente tiene derecho a retracto.
__________________
"El amor a la libertad es amor a los demás, el amor al poder es amor a nosotros mismos" William Hazlitt
|
|
|
12-Mar-2007, 12:56
|
#50
|
|
g0d made me pr0
Registrado: August-2005
Location: Viña del Mar
Posts: 1.141
|
muuuuuy interesante las polizas, muy buenos reviews, gj seba
pd: su poliza de sistemax? si no es musha la molestia <3
|
|
|
13-Mar-2007, 14:45
|
#51
|
|
Nicole_cilla's Owner
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 3.872
|
Quote:
Originalmente publicado por Marcel
Como aporte, de acuerdo al Sernac es responsabilidad de la tienda, no del cliente. No se si después lo aclaras, pero por si las moscas, adjunto respuesta del Sernac:
Esto lo averigue cuando una tienda, vendió a distancia, luego las cosas se perdieron en Turbus y de acuerdo a la tienda, era el cliente quien tenía que entendérselas con Turbus exigiendo a ellos el pago.
Queda por destacar además que si se envía es por que es venta a distancia y por tanto el cliente tiene derecho a retracto.
|
Va a depender, no es tan simple como decir que depende de uno o de otro. Si tu comrpas un bien y este incluye la entrega a domicilio, corre de parte del proveedor. Pero si la entrega se ha producido en el lugar de la venta y tú encargas que te lo envíen por una empresa de transporte, quien asume el riesgo eres tú como consumidor.
Lo mismo ocurre si la elección del medio de transporte la haces tú.
Todo depende de donde se produce la entrega.
Si la entrega ya se ha producido, el bien ya salió de la esfera patrimonial del vendedor, pasando a la esfera patrimonial del consumidor.
Un ejemplo. COmpro en la tienda AAA un producto X y lo compro por teléfono con tarjeta de crédito. La tienda no tiene mecanismos de distribución a domicilio y no presta ese servicio, pero yo le pido a la vendedora q me lo mande por TUR BUS o CONDOR. El vendedor a quien le hace entrega del producto es a la empresa de transporte y sale de su esfera jurídica... Motivo. Es una compraventa sujeta a modalidad. Esa modalidad consiste en que la entrega se efectuará a un 3º para que en virtud de un contrato de transporte gestione el envío.
Ahora, todo depende del CASO A CASO y no depende sólo del a ley del consumidor, sino que de las normas relativas a los contratos de transporte terrestre de mercancías y transporte marítimo de mercancías. fletamento y otros contratos similares contenidas en el Código de comercio.
A lo q voy.. No hay sólo 1 respuesta, depende de la situación
----
Quote:
Originalmente publicado por bL4kE
muuuuuy interesante las polizas, muy buenos reviews, gj seba
pd: su poliza de sistemax? si no es musha la molestia <3
|
análisis de sistemax pa esta semana entonces
----
ojo, el sernac y organismos afines dicen literalmente casi cualquier wea... si no, preguntenle a DJ ZETA
__________________
Vean los post de la ley del consumidor en el foro de Tiendas..
Editado por sebastian.bilbao en 13-Mar-2007 a las 14:45.
Razón: Post unidos
|
|
|
13-Mar-2007, 15:00
|
#52
|
|
OverLord
Registrado: September-2004
Posts: 19.382
|
Quote:
Originalmente publicado por sebastian.bilbao
Va a depender, no es tan simple como decir que depende de uno o de otro. Si tu comrpas un bien y este incluye la entrega a domicilio, corre de parte del proveedor. Pero si la entrega se ha producido en el lugar de la venta y tú encargas que te lo envíen por una empresa de transporte, quien asume el riesgo eres tú como consumidor.
|
No en estos casos, puesto que la tienda te cobra a ti, el envio. Finalmente con o sin utilidades esta "vendiendo" el despacho, de la misma forma en que vende memorias, procesadores, etc y de la misma forma no puede excluirse de la responsabilidad aduciendo que está haciendo un "favor". Supongo que existirá algún caso en donde como dices si es responsabilidad del cliente, pero si es la tienda la que paga a Turbus cobrándole al cliente, es una venta y parte de sus servicios.
Por otro lado ( y recalco por ooootrooo lado pa no mesclar), me parece que técnicamente el único traspaso de mercadería legal es con la factura/boleta, si el cliente no la ha recibido técnicamente la transacción no ha terminado y por tanto incluso la puede cancelar haciendo uso del derecho de retracto en ventas a distancia. Esto es más o menos delicado, ya que incluso da para estafas legales.
Me explico con lo ultimo, trabajando para une empresa bastante grande en tecnología, nos toco implementar un sistema de ventas por internet y telefono, en una de esas ventas un tipo recibio con guia de despacho 20 computadores, sin embargo al momento de cobrar lo negó ya que no había firmado la factura, lo increíble de esto es que se hizo un juicio y gano. Y te aseguro que los abogados que vieron el caso, difícilmente se pueden calificar de poco expertos en la materia.
__________________
"El amor a la libertad es amor a los demás, el amor al poder es amor a nosotros mismos" William Hazlitt
|
|
|
14-Mar-2007, 02:25
|
#53
|
|
Nicole_cilla's Owner
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 3.872
|
Quote:
Originalmente publicado por Marcel
No en estos casos, puesto que la tienda te cobra a ti, el envio. Finalmente con o sin utilidades esta "vendiendo" el despacho, de la misma forma en que vende memorias, procesadores, etc y de la misma forma no puede excluirse de la responsabilidad aduciendo que está haciendo un "favor". Supongo que existirá algún caso en donde como dices si es responsabilidad del cliente, pero si es la tienda la que paga a Turbus cobrándole al cliente, es una venta y parte de sus servicios.
Por otro lado ( y recalco por ooootrooo lado pa no mesclar), me parece que técnicamente el único traspaso de mercadería legal es con la factura/boleta, si el cliente no la ha recibido técnicamente la transacción no ha terminado y por tanto incluso la puede cancelar haciendo uso del derecho de retracto en ventas a distancia. Esto es más o menos delicado, ya que incluso da para estafas legales.
Me explico con lo ultimo, trabajando para une empresa bastante grande en tecnología, nos toco implementar un sistema de ventas por internet y telefono, en una de esas ventas un tipo recibio con guia de despacho 20 computadores, sin embargo al momento de cobrar lo negó ya que no había firmado la factura, lo increíble de esto es que se hizo un juicio y gano. Y te aseguro que los abogados que vieron el caso, difícilmente se pueden calificar de poco expertos en la materia.
|
solo una precisión. La entrega legal ( tradición), no requiere la boleta. Basta la entrega material.
Técnicamente, la obligación esencial de parte del vendedor es la entrega de la cosa vendida. La boleta o factura es una obligación legal ( que se impone por razones impositivas) , pero que en ningún momento impide el perfeccionamiento del contrato de compraventa ni su cumplimiento. En otras palabras, basta la entrega dela cosa vendida, que es lo q legalmente se debe entregar. ( y lo pactado por las partes) POr otro lado, si no se entrega boleta o factura, la garantía igual existe, la comrpaventa igual existe, etc.. ( que se cuenten con menos instrumentos probatorios, etc.. es cosa totalmente aparte)
POr otro lado aquí no estamos ante una compraventa mercantil, ni una civil, sino que ante una mixta. ( mercantil para el vendedor y civil para el comprador), por lo que a cada parte se le aplica primero la ley del consumidor y luego el código de comercio y el civil respectivamente. ( En el caso que planteas si el que compró los PC es comerciantey por otras razones que no van al caso, se aplica Únicamente el código de comercio y la compraventa mercantil. La ley del consumidor y el derecho a retracto nada que hacer acá, ya que el derecho a retracto es una de las características de la ley del consumidor, pero que no se aplica ni a la compraventa civil ni a la mercantil)
Además en materia mercantil hay ciertas normas referentes a la prueba con facturas, pero que para estos casos no son aplicables.
Agrego, q la entrega puede ser de muchas formas, no necesariamente una entrega material, puede ser de forma ficta ( como mostrar las llaves de un auto u otra forma), etc.. NO quiero ahondar en cosas técnicas, pero es pa que no se hagan comentarios muy técnicos sin todas la información necesaria.
Otra cosa, normalmente el envío es "por cobrar".
En el caso que tu dices, pueden haber pasado muchas cosas que desconocemos. Seguramente usaron pruebas testimoniales y algún testigo falló o quizás ocurrió alguna otra cosa que desconocemos, o como dije antes, es una compraventa mercantil y se aplican normas distintas. ( y reglas probatorias distintas)
Además la factura también actúa como un "recibo", pero no es lo único que sirve como prueba.
No me atrevo a opinar de un caso que no conozco a cabalidad. (a demás q en los juicios lo q se prueba son los "HECHOS", no el "DERECHO" y en este post estamos hablando sobre el DERECHO. puede que no se hayan probado los Hechos simplemente en ese caso.
Ah, s me olvidaba, la entrega debe ser inmediata y en el lugar de la venta, salvo acuerdo en contrario ( es en este "salvo acuerdo en contrario" donde se presenta el caso a caso)
----
sorry si los enredo, pero es algo muy muy , pero muuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuuy técnico, mejor no extenderse y además requiere manejarse bien en muchas ramas del derecho para entender bien, asi que mejor démosle con otros comentarios.
__________________
Vean los post de la ley del consumidor en el foro de Tiendas..
Editado por sebastian.bilbao en 14-Mar-2007 a las 02:25.
Razón: Post unidos
|
|
|
30-Mar-2007, 16:35
|
#54
|
|
Estudiante... de nuevo :)
Registrado: January-2005
Location: A2, MI
Posts: 1.063
|
No había cachado estos análisis.
TREMENDO APORTAZO compare... Se agradece inmensamente.
|
|
|
01-Apr-2007, 01:15
|
#55
|
|
Retamos city
Registrado: December-2006
Posts: 972
|
muchas gracias por tu tiempo en este asunto, creo que a varios nos servira para estar mas despiertos en el momento de la post-venta, y porque no decir, al momento mismo de comprar
__________________
|
|
|
03-Apr-2007, 19:11
|
#56
|
|
Observador....
Registrado: February-2005
Location: Ciudad Satélite
Posts: 344
|
Excelente y gran trabajo el tuyo, el dedicar bastante de tu tiempo en estudiar y explicar este tema de las garantías.
Aparte de tu esmero existe una clara vocación y gusto por lo que estas estudiando...BIEN..
Lo que tengo mi duda son las exclusiones en las garantías, pudiendo ser arbitrarias en algunos casos. ejemplo:
arena en la cámaras digitales es una exclusión....pero cómo puedo saber si el desperfecto es producto de arena....es mi caso...con una Cámara Canon, enciende pero no toma fotografias....se llevó al servicio técnico -por desconocer mis derechos- y no a la tienda que me la vendió. Diagnóstico: arena... nunca la he llevado ni siquiera a la playa de Lavín  ...contra eso que puedo hacer?
mis saludos y felicitaciones por tu trabajo ytiempo
|
|
|
03-Apr-2007, 21:44
|
#57
|
|
Nicole_cilla's Owner
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 3.872
|
COmo te expliqué por MP, eso es materia de prueba, y en éste ámbito lo debe probar el proveedor ( fabricante, impirtador o vendedor). La ley sólo te exige probar con documentos la adquisición del bien ( boleta o factura).
Además la ley hace nulas todas las cláusulas que transfieran la carga de prueba al consumidor, y todas aquellas que puedan privar al consumidor de sus derechos
__________________
Vean los post de la ley del consumidor en el foro de Tiendas..
|
|
|
04-Apr-2007, 15:24
|
#58
|
|
Pajarito Nuevo
Registrado: April-2007
Posts: 126
|
Quote:
Originalmente publicado por sebastian.bilbao
3.Devolución de componentes buenos<!--[endif]-->
Todo se ajusta a la legalidad, dice que lo de la devolución de los 10 días se ajusta al Art 3 bis (nótese, INCISO B). ( aquí se nota que la póliza no fue hecha por una persona entendida en la materia, ya que es 3bis “letra” b.. ( los incisos son los párrafos))
La parte final de este punto, dice que PC factory como DEFERENCIA devolverá el 85% del valor, lo cual es ilegal, ya que debe ser el 100% dentro de los 3 primeros meses, los cuales engloban los 10 días de retracto unilateral del Art. 3 bis. Aunque el producto tenga uso manifiesto, acaá la ley no distingue, por lo que el intèrprete tampoco debe hacerlo.
|
Como es tan largo este post, destacaré lo que encuentro importante con azul
Lo primero, es felicitarte por darte la lata de hacer un tremendo aporte para el mortal común que no se maneja bien con lo que es el Derecho (debe ser difícil entender qué prevalece, si la ley o el contrato, porque la respuesta no es siempre la misma).
Me dieron risa tus comentarios sobre cuándo se nota que no son hechas por abogados algunas clausulas, jaja como la del "inciso b"... jajaja
Por otro lado, le recomiendo a la gente que busque la ley 19.496 que es la respectiva ley del consumidor, para que la lean y se den cuenta que no es tan complicado entenderla y sacar conclusiones, sabiendo de antes, que ante cualquier controversia entre la ley y una póliza, contrato u otro documento que exista entre la empresa y el cliente, prevalece lo que dice la ley, en materia de protección a los derechos del consumidor
(lo que es lógico si lo pensamos desde el punto de vista en que no tendría sentido alguno que la ley protegiera al consumidor con derechos, si estos van a poder modificarse después por las empresas que no negocian con nosotros las cláusulas de los contratos, por ser simplemente de adhesión. O sea, si la ley dice "A", y el contrato "B", esa "B" no vale pues es nula, aunque ustedes firmen y acepten, porque el estado protege a los consumidores con normas de orden público -esto es, normas imperativas, no modificables aun cuando haya acuerdo de ambos- para asegurar sus derechos).
Con respecto al articulo 3 bis me llama la atención lo que pusiste, ya que los supuestos son distintos con relación al artículo 20. En el 3bis se señalan dos supuestos, siendo el segundo más posible de ocurrir, que es por compras a traves de medios electronicos, o mediante alguna otra forma de comunicacion a "distancia".
Por ello, no cabería el retracto de cualquier persona que va a comprar a la tienda personalmente.
En el fondo, esta sería una especie de venta a prueba (no recuerdo exactamente de qué tipo sería, pero aquí cabe el retracto unilateral debiendo sí, y es donde concuerdo contigo, devolverse el 100% del valor), en la que el cliente que compró en alguna de esas situaciones señaladas en ese art. puede pedir de vuelta su dinero devolviendo el producto en buen estado.
(me llama la atencion tambien que se señale el "retracto" siendo que es mas bien una terminacion unilateral, pues el retracto gralmente se refiere al pacto de retracto, cosa que no es acá porque la fuente de este derecho es la ley, aunque la terminacion es de otro tipo de contratos... en fin).
Otra cosa es que PC factory en la poliza mete la palabra "uso" en hecho imputable, haciendo parecer como si por el simple hecho de usar la cosa comprada no se pudiese terminar el contrato, cosa que no es así.
El art. se refiere a un deterioro por un mal uso de la persona, cosa que cabe destacar, como sería el caso de usar un notebook de arco en un partido de futbol, jaja
Eso por ahora, y te pido porfavor que te tomes mis criticas totalmente de forma constructiva, pues mi intencion es simplemente ayudar a mejorar lo que tu partiste (que ya está bastante bueno).
saludos!
|
|
|
04-Apr-2007, 15:56
|
#59
|
|
Nicole_cilla's Owner
Registrado: August-2005
Location: Valpo
Posts: 3.872
|
todo aporte es bien aceptado... la cosa es construir.
EN relación a lo primero, sin embargo, hay que tener cuidado, no es llegar e interpretar una norma. Hay reglas de interpretación, pero hay que tener cuidado, el derecho es una unidad y hay que estar al tanto de otras normas también, no sólo la ley del consumidor.
Otra cosa es que como bien dices ésta es una ley de protección al consumidor, y cuando interpretando una norma veamos que se protege al proveedor, debemos replantearnos la interpretación e interpretar de manera que sea el consumidor el protegido.
En cuanto al retracto en esta ley, su naturaleza jurídica es bastante discutible como dices tú. Podría considerarse como una venta a gusto porque una de las partes puede dejar sin efecto el contrato, pero una venta a gusto es consensual. Aquí es la ley la que da la posibilidad ( discutible en todo caso).
Sin perjuicio de lo anterior es la doctrina y la misma ley que hablan de derecho a retracto. Las razones son entre otras que se trata de contratos de ejecución instantánea ( por regla general), el contrato ya se ha perfeccionado y las obligaciones esenciales ya se han cumplido. El término unilateral, sin embargo se observa más en los contratos de TRACTO SUCESIVO, como por ejemplo los de prestación de servicios.
Como ejemplo, en el contrato de arrendamiento se habla de término del contrato.
__________________
Vean los post de la ley del consumidor en el foro de Tiendas..
Editado por sebastian.bilbao en 04-Apr-2007 a las 15:58.
|
|
|
04-Apr-2007, 16:36
|
#60
|
|
Experimentado
Registrado: September-2006
Location: Puerto Montt
Posts: 786
|
aportazo, gracias nuevamente seba 
__________________
|
|
|
 |
|
|